La política sobre drogas de los Países Bajos es única en el mundo


Al contrario de lo que mucha gente piensa, en los Países Bajos la venta de drogas como el cannabis o los alucinógenos no es legal.

Pero sí está regulada la venta de derivados del cannabis en pequeñas cantidades, bajo un estricto control por parte de las autoridades.
El propósito de esta política es, por un lado, hacer clara la diferencia entre las drogas "duras" y las "blandas", y por otro, reducir los riesgos que ofrece la venta anónima, y el desorden público que crea el tráfico de drogas.
Eso permite distinguir entre lo que está permitido consumir o no, y como consecuencia, mitigar los efectos que estas drogas pueden producir en el comportamiento y en la salud de los usuarios.

A continuación explicamos de forma general esta política.

Desde 1976 la legislación holandesa distingue entre drogas que representan un peligro inaceptable para la salud pública, y drogas que representan un peligro tolerable. Las primeras son llamadas drogas duras , término que engloba la heroína, la cocaína, el éxtasis y las anfetaminas. Y por otra parte, las drogas blandas, que son los productos derivados del cáñamo, como el hachís y la marihuana.

La posesión, el tráfico, la venta y la producción de drogas es punible en todos los casos, para todas las drogas. Sólo existe la excepción del caso de uso médico, veterinario, instructivo o científico, para lo que se debe solicitar un permiso.

El incumplimiento de estas normas se castiga con severidad. Pero las penas relacionadas con las drogas blandas son mucho menos severas que aquellas relacionadas con las drogas duras. La prioridad está en investigar quién hace la importación o exportación de drogas duras, y las penas más duras se aplican en estos casos.

Aparte de su legislación nacional, Holanda está ligada a convenios internacionales, así como a los acuerdos entre los estados de la Union Europea en lo que respecta a combatir el tráfico de drogas.


COFFEESHOPS

En Holanda, se usa la palabra inglesa "coffeeshop" no para las cafeterías, sino para indicar aquellos lugares donde se vende legalmente drogas blandas. Estos establecimientos deben cumplir con una serie de requisitos conocidos como el criterio "AHOJ-G'' que estipula lo siguiente:

No publicitarse (A),
No vender drogas duras (H),
No crear desorden público (O),
No admitir a menores de 18 años,
No vender cantidades superiores a los 5 gramos por transaccion.

Por otra parte, el máximo de existencias para el comercio permitido es de 500 gramos, pero las autoridades de cada municipio pueden poner un límite más bajo si así lo creen conveniente.

Dependiendo del problema, algunas municipalidades añaden algunas otras condiciones extra al criterio "AHOJ-G", como, por ejemplo que esté prohibido aparcar delante de los coffeeshops o que el horario de cierre sean las 10:30 de la noche.

Las normas que regulan las actividades de los cofeeshops se dejan a criterio de las autoridades locales, y se discuten entre el fiscal público y el alcalde. En 1996 tambien se determinó que la venta de alcohol no debería asociarse con la venta de drogas blandas. Por otra parte, recientemente se agregó la condición de que los coffeshops no pueden instalarse en las inmediaciones de escuelas.


En los últimos tiempos, el gabinete ha ido restringiendo la actividad de los coffeeshops, limitando su número, exigiendo que tengan una distancia determinada de las escuelas, regulando su uso sólo para socios registrados, y eliminando la posibilidad de vender a turistas. Todas estas limitaciones se están aplicando gradualmente. Por el momento, Amsterdam no ha prohibido la venta a turistas, para evitar la venta callejera, y sus peligros.